Tumbaron la ley 2075, baja el sueldo de los Concejales

El pasado 8 de enero del 2021, el Congreso de la República había aprobado la ley 2075 de 2021 que le fijaba honorarios de 212.312 pesos a concejales de municipios de 4º, 5º y 6º categoría, con lo que los corporados, a partir del mes de febrero del 2022, iban a disfrutar de un aumento que les dejaba un ingreso de cerca de 15 millones de pesos al año, solo por asistir a las 70 sesiones ordinarias. 

No habían logrado digerir la buena noticia, cuando la Corte Constitucional declaró inexequible la ley 2075, solicitando la reviviscencia de la ley 1368 del 2009, para que recobre vigencia y los pagos por sesión asistidas sean tomados de la antigua tabla de honorarios.

Hechas las cuentas, los concejales de los municipios ubicados en la última categoría seguirán recibiendo solo 138. 862 pesos, es decir, 73.450 pesos menos por sesión, de lo que lograron cobrar solo en el mes de febrero.

¿Por qué tomó la Corte Constitucional esta determinación?

Una demanda presentada por el ciudadano Efraín Gómez Cardona fue estudiada por el alto tribunal. En el documento se alega, entre otras cosas, que el Congreso no había tomado en cuenta, para la aprobación de la ley, el detallado análisis de impacto fiscal que norma el artículo 7 de la ley 819 del 2003.

¿Qué dicen los concejales sobre la determinación?

FENACON, la Federación Nacional de Concejos, no recibió bien la noticia. Edgar Alberto Polo Devia, presidente de la entidad, aseguró que una vez más los derechos fundamentales mínimos de los Concejales fueron violados. 

¿Qué pasará con los aportes a salud y pensión?

Según la normativa, que vuelve a ser vigente, los corporados deberán, con sus propios ingresos, cotizar a pensión. Por otra parte, las administraciones municipales deberán responder por póliza y cotizaciones a salud.

¿Cómo se configura el caso aranzacita?

La reducción de los honorarios de Concejales, significa para el municipio un ahorro de 88 millones de pesos, que deberán ser reintegrados al presupuesto, tal como lo solicita la sentencia C-075 de 2022 de la Corte Constitucional.

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