Conozca el decreto de toque de queda y sus excepciones

Según el documento, las personas que no cumplan con lo establecido, podrán ser conducido por las autoridades.
Foto | Eugenio Buitrago Marin

El gobierno del departamento de Caldas, en cabeza de Luis Carlos Velásquez Cardona, decretó un toque de queda que obligó al confinamiento a todo los caldenses durante todo el fin de semana, incluyendo el puente festivo. Infringir las normas dictadas por el decreto puede acarrear sanciones. Conozca aquí cuales son las excepciones de la medida y que puede pasar si la quebranta.


Desde las 7 de la noche, de este viernes 20 de marzo hasta las 5 de la mañana del próximo martes 24 de marzo solo y, en ejercicio de sus funciones, podrán salir a las calles: funcionarios públicos que con ocasión de las necesidades del servicio deban movilizarse en el territorio del departamento, quienes presten servicio a domicilio acreditados  por establecimientos de comercio, personas que laboren en producción de alimentos, productos de aseo, productos médicos, y farmacéuticos y medicamentos para mascotas; vigilantes, operadores de servicios públicos y de telecomunicaciones, transportadores de combustibles, servidores conexos al transporte, a la mecánica y a la salud.

Además el decreto permite que una persona por familia se traslade hasta los locales de abasto para llevar alimento o de bienes y servicios que resulten escenciales para núcleo familiar.

En el caso de las personas con mascotas, podrán salir en cortos periodos de tiempo a atender sus necesidades.

Según el documento, las personas que no cumplan con lo establecido, podrán ser conducido por las autoridades mientras se adelantan las diligencias de sanción por la violación del decreto.

EL CALDENSE
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